Código Penal – Uruguay
CÓDIGO PENAL – URUGUAY (Actualizado febrero 2014) LIBRO I TITULO I PARTE GENERAL CAPITULO I Principios generales Artículo 1. (Concepto del delito) Es delito toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal. Para que ésta se considere tal, debe contener una norma y una sanción. Artículo 2. (División de los delitos) Los delitos, atendida su gravedad, se dividen en crímenes, delitos y faltas. Los crímenes son los ilícitos de competencia de la Corte